Vuelos de Código Compartido: ¿A Quién Reclamar Exactamente?
Compraste a Iberia, volaste en un avión de Vueling y el vuelo se retrasó. ¿Quién te debe la indemnización de 400€?
Los "Codeshare" (códigos compartidos) son la práctica diaria donde una aerolínea vende el billete pero es OTRA diferente la que opera el vuelo físico.
La Regla de Oro Legal: La Operadora Paga
Para propósitos del Reglamento Europeo CE261, solo la compañía responsable de efectuar físicamente el vuelo (Operating Carrier) es la responsable legal del retraso o problema.
Ejemplo práctico: Si compraste un billete por la web de KLM (y tiene código KL1234) pero el avión dice "Air France" y los pilotos son de Air France, tu responsable a reclamar judicialmente es única y exclusivamente Air France.
El problema de Intercontinental
Imagina comprar en Iberia pero el avión y la aerolínea operadora es American Airlines saliendo desde Nueva York hacia Madrid. Porque American Airlines (no europea) opera el vuelo, saltando de EEUU... NO aplicaría el Reglamento 261 en absoluto. Si hubiera volado un avión de Iberia operativamente, sí aplicaría. Siempre mira qué logo pinta la cola del avión.
¿Te han afectado recientemente?
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Equipo Legal
YourFlightCompensation